
¿Quién debe supervisar los canales de prevención del acoso?
Un análisis a la luz de la Ley 2/2023, la Directiva Whistleblowing y la Recomendación 1/2026 de la AIPI La implantación de sistemas internos de información (SII) y de protocolos de prevención del acoso ha generado un debate creciente en organizaciones públicas y privadas: ¿Quién debe supervisar los canales específicos para comunicar situaciones de acoso laboral o sexual? ¿Corresponde esta...Leer Más

